Con fecha 29 de marzo de 2011 se publica en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía la Orden de 17 de marzo de 2011 por la que se
crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula
el procedimiento para su concesión.
La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad tiene como
finalidad dar testimonio fehaciente del reconocimiento del grado de
discapacidad de su titular y servir como documento probatorio de
dicha condición, lo que permite a la persona titular de la misma
acreditar de forma ágil y práctica, ante terceras personas, su grado
de discapacidad y facilitarle así el acceso a determinados servicios
que puedan mejorar su calidad de vida a través de un instrumento más
práctico y cómodo al momento de acreditar su discapacidad.
Podrán beneficiarse de esta tarjeta las personas residentes en la
Comunidad Autónoma Andaluza que tengan reconocido, mediante la
correspondiente resolución, un grado de discapacidad igual o
superior al 33%.
Los derechos que otorga la acreditación del grado de discapacidad
están regulados tanto a nivel nacional como autonómico, pero el
acceso individual a ellos viene determinado por las circunstancias
del porcentaje de discapacidad reconocido, la edad, la unidad
familiar, los ingresos de la unidad de convivencia…, por lo
que es necesario estudiar el caso concreto de cada persona para
saber a qué servicios y prestaciones tiene derecho.